miércoles, 15 de agosto de 2012

Piden la prórroga de emergencia por sequía en seis departamentos

El ministro de la Producción, Carlos Fascendini presidió ayer, en el Salón Amarillo de la cartera, una nueva reunión de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.

El encuentro contó con la participación de los secretarios de los sistemas Hídrico, Forestal y Minero, Roberto Tión y Agropecuario, Agroalimentos y Biocombustibles, Luis Contigiani, el director Provincial de Desarrollo Territorial, Sergio Casado; el director Regional Inta Centro Santa Fe, José Luis Spontón; representantes de las entidades ligadas al sector agropecuaria, legisladores y técnicos de distintas áreas de Gobierno.

En esta ocasión, los temas convocantes fueron analizar los informe del impacto de la sequía en los departamentos del norte provincial, así como también la situación de la zona cañera y el impacto de las heladas en la zona frutícola de Coronda.

Finalizado el encuentro, Fascendini destacó que la Comisión determinó solicitar “la prórroga en los departamentos del norte que ya habían sido declarados en emergencia por sequía a principio de año, 9 de Julio, Vera, San Cristóbal, General Obligado, parte de San Justo y parte de San Javier”.

Además, el funcionario indicó que “se aconsejará declarar en emergencia y/o desastre a todo el Departamento San Jerónimo pero sólo circunscripto a la producción de frutilla, actividad que en los últimos meses ha sido afectada en forma notoria por las fuertes heladas”.

La Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria tiene carácter consultivo, está presidida por el ministro de la Producción e integrada por un representante del Ministerio de Economía, uno de la Subsecretaría de Municipios y Comunas, un representante por las Comisiones de Agricultura y Ganadería de ambas Cámaras Legislativas y un representante de cada una de las entidades vinculadas a la actividad agropecuaria de la Provincia.

La misma puede proponer al Poder Ejecutivo provincial, a través del Ministerio de la Producción, la declaración –o prórroga- de Emergencia Agropecuaria, o Zona de Desastre, en áreas territoriales determinadas a nivel de distrito, cuando factores de origen climático, telúrico, biológico o físico, que no fueren previsibles, o siéndolo, fueren inevitables, por su intensidad o carácter extraordinario, afectaren la producción o la capacidad de producción de una región, dificultando gravemente la evolución de las actividades agrarias y el cumplimiento de las obligaciones crediticias fiscales o el pago de contribuciones.

Asimismo, está habilitada para gestionar ante las instituciones bancarias la concesión de prórrogas especiales de los plazos para el cumplimiento de las obligaciones contraídas por los productores afectados por la emergencia o desastre, así como el otorgamiento de créditos especiales.

En general está facultada para proyectar, organizar y coordinar las medidas necesarias para disminuir o anular los efectos dañosos derivados de aquellos eventos meteorológicos, proponiendo las soluciones que estime idóneas a las áreas que correspondan.


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